Ciudadanía Española

Ley de Memoria Democrática

Anexo I

SUPUESTO 1A

ANEXO I - SUPUESTO A

Nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela, sean o hayan sido originariamente españoles

Anexo I

SUPUESTO 1B

ANEXO I - SUPUESTO B

Nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela, hubiesen perdido o renunciado a la nacionalidad española por causa de exilio

Anexo II

SUPUESTO 2

ANEXO II

Nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad española por casarse con un ciudadano extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978.

SUPUESTO 3

ANEXO III

Hijos que eran mayores de edad cuando su padre o madre optaron a la nacionalidad española en virtud de la Ley de Memoria Histórica (52/2007).

SUPUESTO 4

ANEXO IV

Personas que ya optaron a la nacionalidad española no de origen según el Art. 20 del Código Civil Español, porque sus progenitores la obtuvieron al amparo de la Ley de Memoria Histórica; y, también, aquellos que optaron a la nacionalidad española en virtud del Art. 20.1.b), podrán solicitar ahora la adquisición de la nacionalidad española de origen. 

FORMULARIOS

ANEXO V + HOJA DECLARATORIA DE DATOS + SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN COMO RESIDENTE + DECLARACIÓN DE ELECCIÓN DE MUNICIPIO A EFECTOS ELECTORALES

Estos Formularios son requerimientos que se deben cumplimentar según el Consulado Español involucrado en la presentación de la solicitud, como así también el modo de la misma.

Si necesitas alguno o todos estos Formularios y el del Anexo correspondiente a tu situación particular, solo necesitas enviarme un mensaje y te los envío a tu mail.

Anexo I

BISNIETOS DE ESPAÑOLES

SUPUESTO ESPECIAL

Para poder solicitar la Ciudadanía Española mediante la Ley de Memoria Democrática (LMD) siendo bisnietos de españoles se deberán cumplimentar una serie de requisitos puntuales, entre ellos, el principal, es que el ascendiente español haya sido hombre, además, que toda la ascendencia del solicitante haya fallecido.

Debido a la especialidad del supuesto que encuadra a los bisnietos de españoles es que se requiere más documentación probatoria de la que, generalmente, se solicitan para los otros supuestos.

Ciudadanía Española - Abogada Karina Raspo

HIJOS MENORES DE EDAD DE CIUDADANOS ESPAÑOLES

REGISTRO CIVIL ESPAÑOL

En el caso de nacionalizados españoles que tienen hijos menores de edad, deberán solicitar su inscripción como ciudadanos españoles a través del Registro Civil Español.

Trámite que lleva un procedimiento diferente y aparte de la Ley de Memoria Democrática.

¿Necesitas ayuda?

PREGUNTAS FRECUENTES

Aquí te comparto una pequeña muestra de las preguntas frecuentes que a lo largo de los años de experiencia que llevo en esta profesión y gestionando Ciudadanías Españolas me han formulado esperando que puedan ayudarte a emprender este increíble viaje

Literalmente te abre las puertas del mundo.

En la actualidad el Pasaporte Español junto al Italiano son considerados los segundos en importancia mundial, permitiendo a sus poseedores ingresar a numerosos países sin necesidad de visa alguna o facilitando la obtención de la misma sin dificultades ni procedimientos engorrosos.

Permite circular libremente, trabajar, estudiar y residir en cualquier país integrante de la Unión Europea y no solo en suelo español. 

La Ley de Memoria Democrática (LMD), aprobada y publicada en el Boletín Oficial Español (BOE) el 21 de octubre de 2022 y vigente por dos (2) años, o sea hasta octubre de 2024, ofrece una nueva vía para obtener la nacionalidad española, en un principio, a ciertos descendientes de exiliados españoles durante la Guerra Civil y la dictadura franquista.

El 25 de octubre se publicó la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública que aclaró las dudas sobre los supuestos y los documentos que deben aportarse acompañando la solicitud de Ciudadanía Española, ya que una lectura textual de la Ley de Memoria Democrática (LMD) hacia sus supuestos muy acotados y confusos.

Como ya mencioné la Ley de Memoria Democrática (LMD) tiene un tiempo acotado de dos (2) años de vigencia, pero la misma Ley estipula su opción de prórroga por un (1) año más, o sea hasta octubre de 2025.

Aunque hasta el día de hoy no hay una publicación oficial en el Boletín Oficial Español (BOE) con dicha prórroga, lo cierto es que varios políticos y Cónsules y, actualmente ex-Cónsules, han asegurado que la misma será prorrogada.

Te invito a mi Blog para que veas y leas la nota que el programa Economix realizó con el ex-Cónsul de Córdoba, Sr. Ignacio Martínez del Barrio, donde manifiesta la anteriormente dicho entre otros temas. 

Para solicitar la Ciudadanía Española por la Ley de Memoria Democrática (LMD) la situación particular del solicitante debe encuadrar en alguno de los siguientes supuestos:

  1. Hijos y nietos de españoles (Anexo I)
  2. Hijos y nietos de españoles exiliados (Anexo I)
  3. Hijos de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con un ciudadano no Español (Anexo II)
  4. Hijos de españoles por la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2001) o por Ley de Memoria Democrática (Anexo III)
  5. Españoles que habían optado por nacionalidad no de origen (Anexo IV)

Si necesitas los formularios de los Anexos o cualquiera de los demás formularios en su versión editable, es decir para poder completarlos prolija y directamente desde tu computadora, envíame un mensaje ya sea por cualquiera de mis Redes Sociales o completa el Formulario especificando cuál necesitas y con gusto te lo envío.  

La Ley de Memoria Democrática (LMD) y la Instrucción dictada posteriormente, fueron concebidas para hijos y nietos de españoles, pero dejaron una puerta abierta para los bisnietos, ya que analizando el caso en particular y en un primer análisis podrían solicitar la Ciudadanía Española.

Entre los requisitos que debe cumplimentar el bisnieto de españoles es que su línea de ascendencia haya fallecido y, así mismo, va a requerir de mayor documentación probatoria de los extremos que se quieren demostrar.

Es un camino que está totalmente habilitado, solo requiere de un análisis más exhaustivo del caso en particular y reunir toda la documentación solicitada por el Consulado Español correspondiente.  

El tiempo varía dependiendo de muchos factores, como por ejemplo: el Consulado en que se presenta el expediente, la complejidad del caso en particular, pero sobretodo los tiempos de respuesta de las autoridades Españolas.

Una vez presentado el expediente en el Consulado correspondiente los plazos de otorgamiento de la Ciudadanía Española varían entre año y medio y dos (2) años aproximadamente.

Lamentablemente al día de hoy la mayor dificultad está en la obtención de IDU o Credencial para poder gestionar el correspondiente turno y así apersonarse en el Consulado correspondiente al domicilio del solicitante y presentar la carpeta con toda la documentación requerida y antes de su vencimiento.

Mi objetivo es agilizar el proceso tanto como sea posible, proporcionando actualizaciones regulares y realizando un seguimiento personalizado de cada etapa del procedimiento para poder brindar un servicio profesional y de calidad como tu solicitud de Ciudadanía Española lo requiere y merece.

Para solicitar la Ciudadanía Española por la Ley de Memoria Democrática (LMD), necesitarás principalmente el Acta  Literal de Nacimiento de tus abuelos o padres españoles, dependiendo del Supuesto en el cual encuadre tu caso en particular, y, a partir de allí van a ser necesarias las actas de nacimiento y matrimonio de sus descendientes hasta llegar al solicitante.

Las actas de nacimiento argentinas deben ser legalizadas e ir acompañadas de la Apostilla de La Haya para otorgarles validez internacional.

Si necesitas saber en qué Supuesto encuadraría tu caso en particular envíame un mensaje ya sea por cualquiera de mis Redes Sociales o completando el Formulario que con gusto te ayudo para que tengas la seguridad de estar en el camino correcto.  

No, para solicitar la Ciudadanía Española no se debe abonar ninguna Tasa al Consulado interviniente. 

Claro que sííí… La Ciudadanía Argentina, la Ciudadanía Española y la Ciudadanía Italiana no son incompatibles.

La Legislación Argentina permite a los Ciudadanos Argentinos poseer hasta seis (6) ciudadanías de otros países sin perder la Ciudadanía Argentina, siempre y cuando no exista con ese otro país alguna incompatibilidad o Tratado Internacional prohibiéndolo expresamente.

Depende si los hijos son mayores o menores de edad.

En el primer caso deberá obtener un turno, ya sea obteniendo el IDU correspondiente o las Credenciales, para ser habilitado por el Consulado Español correspondiente, y llegado ese día presentar la documentación que hace a su derecho.

En el segundo caso se deberá solicitar un turno y presentar la documentación del menor a través del Registro Civil Español.

A veces el exceso de información (redes sociales, blogs, grupos de facebook, etc.) terminan siendo contraproducentes y se finaliza más confundido y estresado que al comienzo de la búsqueda.

Razón por la cual siempre recomiendo ir a la fuente principal y oficial de la información. Te comparto aquí el link del Consulado General de España en Córdoba. Tené en cuenta que cada circunscripción y dependiendo de tu domicilio será el Consulado Español que te corresponda consultar. 

Si debido a la situación particular de tu árbol genealógico no encuentras en esas webs las respuestas que necesitas podés consultarme completando el formulario correspondiente a Servicios o el de Contacto que con gusto voy a guiarte en la mejor opción para llegar lo más rápido posible a la obtención de tu Ciudadanía Española.  

El costo puede variar según la complejidad del caso y los servicios requeridos.

Proporciono una estimación detallada después de evaluar la situación específica y los servicios que van a ser requeridos.

Mi transparencia en la estructura de precios asegura que no haya sorpresas durante el proceso y que la inversión sea la más ajustada al trámite solicitado.

Te invito a que visites la pestaña de Servicios y allí completando el Formulario del Servicio que necesites voy a poder brindarte información y costos / inversión detallados según tu caso particular. 

Si tu pregunta no aparece entre las publicadas, hace clic en el botón y completa el Formulario con tu consulta.

A la brevedad voy a responderte para poder ayudarte y acompañarte en el camino a hacer realidad tu sueño de la Ciudadanía Italiana.

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